viernes, febrero 08, 2008

INDIGNACIÓN

Esa es la palabra que define las declaraciones vertidas por ese ser llamado Miguel Arias Cañete, el "rey de la manteca colorá". El nivel político que, a día de hoy, tenemos en España, es horroroso, sean de un partido o de otro. A un personaje público como éste, con un cargo político de relevancia, no se le deberían permitir declaraciones como las realizadas en el día de ayer. Desde mi punto de vista, consideraría necesaria una intervención de la Fiscalía General de Estado, ya que tales manifestaciones están incluidas dentro del tipo del artículo 510 del Código Penal, que establece lo siguiente:

"Sección 1ª. De los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución

Artículo 510.[Provocación a la discriminación, odio o violencia contra grupos]
1. Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.
2. Serán castigados con la misma pena los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía
".


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